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报告摘要
Resumen de las Directrices sobre la Gestión de Quejas y Reclamaciones para los Sectores de Valores y Bancario
Objeto de las Directrices
Las Directrices tienen como objetivo principal garantizar una protección adecuada de los consumidores en los sectores de valores (ESMA) y bancario (ABE). Se enfocan en:
- Clarificar las expectativas sobre la organización de la gestión de quejas y reclamaciones en las entidades.
- Orientar sobre la información que deben facilitar los reclamantes.
- Establecer procedimientos de gestión de quejas y reclamaciones.
- Armonizar los procesos de gestión en toda la UE.
- Garantizar un nivel mínimo de convergencia supervisora.
Ámbito de Aplicación
Estas Directrices se aplican a:
- Autoridades supervisoras responsables de la gestión de quejas y reclamaciones en su jurisdicción.
- Entidades financieras que operan en régimen de libre prestación de servicios o libertad de establecimiento.
- Intermediarios decretados y entidades no crediticias prestamistas si las autoridades supervisoras han sido designadas para garantizar su cumplimiento.
- Entidades de pago que solo prestan servicios de iniciación de pago o información sobre cuentas, de conformidad con la Directiva sobre servicios de pago.
Excepciones:
- No se aplican a quejas o reclamaciones referidas a actividades no supervisadas por las autoridades competentes.
- No se aplican si la queja o reclamación se refiere a actividades de otras entidades, respecto a las cuales la entidad no tiene responsabilidad jurídica o reglamentaria.
Cumplimiento y Obligaciones de Notificación
- Las Directrices se publican según el artículo 16 de los Reglamentos de la ESMA y la ABE.
- Las autoridades competentes y las entidades financieras deben cumplirlas y notificar a la ESMA y la ABE si lo hacen o no, dentro de 2 días de su publicación.
- La notificación debe remitirse a los siguientes correos electrónicos:
JCguidelines.complaintshandling@esma.europa.eu(ESMA)compliance@eba.europa.eu(ABE)
- Si no se recibe notificación, se considera que las autoridades no cumplen las Directrices.
- Las Directrices entran en vigor desde el 1 de mayo de 2019 para las entidades mencionadas en el apartado 8.
Definiciones Clave
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Entidad: Se refiere a los siguientes participantes en los mercados financieros:
- Servicios de inversión según MiFID.
- Servicios bancarios según la Directiva sobre requisitos de capital.
- Gestión de carteras colectivas según la Directiva sobre OICVM.
- Servicios de pago según la Directiva sobre servicios de pago.
- Emisión de dinero electrónico según la Directiva sobre dinero electrónico.
- Intermediación crediticia según la Directiva decretos hipotecarios.
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Queja/Reclamación: Declaración de descontento dirigida a una entidad por una persona física o jurídica, referida a servicios de inversión, bancarios, gestión de carteras, pago, dinero electrónico o intermediación crediticia.
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Reclamante: Persona física o jurídica que presenta una queja o reclamación y está facultada para que sea atendida por una entidad.
Directrices sobre la Gestión de Quejas y Reclamaciones
Directriz 1 – Política de Gestión de Quejas y Reclamaciones
- Las entidades deben implementar una política de gestión de quejas y reclamaciones.
- Esta política debe estar definida y aprobada por la alta dirección.
- Debe ser accesible al personal relevante a través de un canal interno adecuado.
Directriz 2 – Función de Gestión de Quejas y Reclamaciones
- Las entidades deben tener una función específica para gestionar quejas y reclamaciones.
- Esta función debe permitir la correcta instrucción de las quejas y la identificación y mitigación de conflictos de intereses.
Directriz 3 – Registro
- Las entidades deben registrar internamente todas las quejas y reclamaciones.
- Deben hacerlo siguiendo los requisitos nacionales sobre plazos.
- Se recomienda el uso de un sistema de registro electrónico seguro.
Directriz 4 – Información
- Las entidades deben proporcionar información sobre las quejas y reclamaciones a las autoridades nacionales o al defensor del cliente.
- Esta información debe incluir el número de quejas y reclamaciones, diferenciado según criterios nacionales o internos.
Directriz 5 – Seguimiento Interno
- Las entidades deben analizar continuamente los datos de las quejas y reclamaciones.
- El objetivo es identificar problemas recurrentes o sistémicos y riesgos jurídicos y operativos.
- Ejemplos de análisis incluyen:
- Identificar causas comunes de quejas.
- Evaluar si estas causas afectan otros productos o procesos.
- Corregir las causas originarias cuando sea razonable.
Directriz 6 – Suministro de Información
- Las entidades deben proporcionar información clara, precisa y actualizada sobre su proceso de gestión de quejas y reclamaciones.
- Esta información debe incluir:
- Datos sobre cómo presentar las quejas y reclamaciones.
- Procedimientos de gestión, incluyendo plazos y puntos de contacto.
- Deben mantener al reclamante informado sobre el estado de su queja o reclamación.
Directriz 7 – Procedimientos para la Gestión de Quejas y Reclamaciones
- Las entidades deben recabar y analizar datos relevantes sobre las quejas y reclamaciones.
- Las comunicaciones deben ser claras y comprensibles.
- Deben responder sin demora innecesaria, o al menos en los plazos establecidos por la normativa nacional.
- En caso de retraso, deben informar al reclamante de las causas y estimar el tiempo de finalización.
- Las decisiones finales deben incluir una motivación exhaustiva y ofrecer al reclamante opciones de recurso, como el defensor del cliente, mecanismos alternativos o autoridades nacionales.
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