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报告摘要
Resumen de la Recomendación de la ABE sobre el uso del identificador de entidad jurídica (LEI)
Objeto y ámbito de aplicación
La Recomendación de la Autoridad Europea de Supervisión (ABE) se centra en establecer prácticas de supervisión uniformes, eficientes y eficaces para la identificación de entidades jurídicas dentro del Sistema Europeo de Supervisión Financiera. Su objetivo principal es garantizar que la información proporcionada por las entidades financieras a la ABE sea de alta calidad, fiable y comparables. Esta recomendación se aplica a las autoridades competentes definidas en el Reglamento (UE) n° 575/2013, Parte 40, y se dirige específicamente a las entidades financieras sujetas a sus obligaciones de información.
Requisitos de notificación
Según el artículo 16, apartado 3, del Reglamento de la ABE, las autoridades competentes deben notificar a la ABE antes del 29 de mayo de 2014 si cumplen o se proponen cumplir esta recomendación. En caso de no cumplir, deben indicar los motivos. La notificación se realizará utilizando un modelo específico proporcionado en la Sección 5, y se enviará a la dirección de correo electrónico compliance@eba.europa.eu con la referencia «EBA/REC/2014/01». Además, las notificaciones deben publicarse en el sitio web de la ABE, tal como establece el artículo 16, apartado 3.
Requisitos relativos al uso de códigos (pre-)LEI
Las autoridades competentes deben solicitar a todas las entidades bajo su supervisión que obtengan un número pre-LEI emitido por una pre-LOU aprobada por el ROC. Este requisito se aplica a todas las entidades del grupo de la entidad que deban facilitar información a la ABE.
Plazos clave para la obtención del pre-LEI
- Para las entidades sobre las que deba transmitirse información a la ABE en el contexto de las Normas Técnicas de Ejecución (NTE), y de conformidad con la Decisión de la ABE n° 90/2013, el plazo final es el 31 de mayo de 2014.
- Para las entidades restantes, el plazo final es el 31 de diciembre de 2014.
Instrucciones sobre el uso del pre-LEI
Las autoridades competentes deben proporcionar instrucciones claras a las entidades sobre el uso sistemático de los códigos pre-LEI cuando cumplan con sus obligaciones de información. Esto incluye la obligación de incluir estos códigos en la información facilitada a la ABE, especialmente en relación con las entidades que forman parte de sus grupos.
Disposiciones finales y aplicación
La Recomendación entra en vigor el 31 de enero de 2014. Las autoridades competentes deben incorporarla en sus prácticas de supervisión, ya sea modificando su marco jurídico o sus procesos de supervisión. La ABE espera que todas las entidades y autoridades competentes la cumplan, y considerará que no se cumple si no se recibe notificación en el plazo establecido.
Conclusión
Esta Recomendación busca mejorar la transparencia y la comparabilidad de la información financiera en la Unión Europea mediante la adopción del identificador de entidad jurídica (LEI) y sus códigos pre-LEI. Establece plazos claros para la obtención de estos códigos y exige que las autoridades competentes notifiquen su cumplimiento o no a la ABE, con el fin de asegurar una supervisión coherente y efectiva en el ámbito financiero europeo.
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